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Nos gustaría contar con su presencia y la de su familia en nuestro Club |
Queremos que todos disfruten.
Mayores y pequeños pueden disfrutar en nuestro Club y no solo volando o jugando al golf. Nuestras instalaciones disponen de piscina, cancha de tenis de tierra batida, pista de paddle, campo de futbito, zona de juegos de mesa.... |
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Para decidir si desea formar parte de nuestra sociedad (plazo máximo 3 meses).
Condiciones generales para ser socio en prácticas
- Abierto sólo a personas que se inician en la práctica del golf.
- Deberá ser presentado por dos socios de número y aceptado por la Junta Directiva.
- El período de validez será de 3 meses, y su pago habrá de realizarse anticipadamente, de forma mensual.
- Durante este período no se abonarán las cuotas de alta.
- El Plazo solo será prorrogable si hay plazas libres y todavía no se tiene el certificado de aptitud, hasta un máximo de nueve meses.
- Vencido este plazo: Si hay plaza en la Sección de Golf, podrá convertirse en socio de número abonando las correspondientes cuotas de alta.
- De no haber plaza en la Sección de Golf, causará baja momentáneamente, permaneciendo en lista de espera hasta que haya una plaza libre.
- El número máximo de socios en prácticas no podrá rebasar las 30 personas.
- El socio en prácticas carece de derecho de voz y voto en las Asambleas de la entidad y sus secciones.
- La Junta Directiva se reserva el derecho de variar el importe del Alta de la Sección de Golf.
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Mediante el pago de una cuota de entrada, tendrá todos los derechos de un socio
Condiciones generales para ser socio de número:
CLASES DE SOCIO
- Cuota Familiar: Se acogerán a esta modalidad de socio de número, aquellas personas que formen una unidad familiar, es decir, que tenga cónyuge, pareja de hecho o hijos (menores de 25 años), con objeto de que la cuota mensual que abona incluya a la unidad familiar.
- Cuota Individual: Solo podrá acogerse a esta modalidad, aquella persona que no forme una unidad familiar, siendo sus derechos de socio aplicables solamente a su persona.
- Juvenil : Todos los hijos solteros, menores de 25 años, cuyos padres sean socios de número o de un comunero miembro de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de la parroquia de Cabral. Cuando el socio juvenil, por razones de edad o emancipación, pierda su condición de tal, podrá adquirir la cualidad de socio de número. A estos efectos, si la solicitud se presenta dentro del plazo de tres meses a contar del momento en que casó baja como socio juvenil, quedará dispensado de los requisitos b) y c) siguientes.
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